sábado, 29 de junio de 2019

Sobre el Juicio Final


SOBRE EL JUICIO FINAL

Hay seis denominaciones sobre el Juicio, relativas al fin de los últimos tiempos y al fin del mundo, sin contar la del Juicio Particular que no lo consideramos aquí; tenemos pues: el Juicio Final, el Juicio Universal, el Juicio General, el Juicio de Vivos y el Juicio de Muertos y el Juicio de las Naciones.
Para el común de los fieles y de los exégetas, estas denominaciones significan la misma cosa o realidad, es decir, el mismo juicio producido todo y simultáneamente, y esto como dogma; pero resulta, que las Escrituras y el Credo al hablar de Juicio de Vivos y de Muertos, impone de suyo una diferencia o distinción, pues no es lo mismo vivos que muertos, tampoco luego, Juicio de Vivos que Juicio de Muertos. Para qué hablar de vivos y de muertos si debieran estar o todos vivos para ser juzgados, o todos muertos que deberán resucitar para serlo y en ese caso, hablar de Juicio de Vivos y de Muertos sería crear confusión, cuando no caer en el absurdo, pues es evidente que nada hay tan opuesto y distinto como la vida y la muerte, al igual que el bien y el mal, la verdad y el error. No es ni puede ser lo mismo Juicio de Vivos y Juicio de Muertos.
Pretender que es lo mismo, es además de ilógico y absurdo, algo estúpido, guste o no, pero es así; claro que, como dicen y afirman las Escrituras: “Infinito es el número de los estultos” (Ecl. 1, 15), aunque este pasaje ha sido modificado en la nueva versión de la Vulgata de Pablo VI en 1965. Quizás para avalar, entre otras cosas, el axioma y cuasi dogma del mito de la cantidad o de la mayoría democrática como generadora de la verdad, del bien y del mal. Y así tenemos la aberración de una de las mayores coacciones de lo políticamente correcto, es decir de lo que está de acuerdo con lo que el común de las masas cree y piensa (o les hacen creer y pensar) y todo lo demás es descalificado.
Desgraciadamente se ha perdido el sentido propio y natural de las palabras, es decir el sentido literal y se ha perdido así la regla de oro fundamental para la exégesis en beneficio del sentido alegórico y esto, gracias a Orígenes con lo cual vemos que no es de ahora sino desde hace muchísimo tiempo, pues el infeliz, que además era impío y herético, como hace ver Santo Tomás, al ser la fuente del Arrianismo ya que negaba, mucho antes que Arrio, la divinidad esencial de Nuestro Señor Jesucristo; y por si fuera poco también la del Espíritu Santo. Y el desdichado Orígenes, interpretando crasa aunque literalmente las Escrituras, llegó a la automutilación al punto de castrarse, pues “Si tu mano te escandaliza, córtala: más te vale entrar en la vida manco, que irte, con tus dos manos, a la gehenna, al fuego que no se apaga.” (Mc. 9, 43); y para no terminar decapitándose, no halló otra solución mejor que la de alegorizar.
Sin embargo, en la Encíclica de Pío XII, Divino Afflante Spiritu, se recuerda la llamada regla de oro, que consiste en el sentido literal, y todo otro sentido sobre este debe reposar; pero lamentablemente se ha preferido la regla de barro y no la áurea por paradójico y contradictorio que pueda resultar. Luego si se habla de Juicio de Vivos y de Muertos, son dos juicios distintos, tanto como distintos son los unos de los otros; esto lleva a romper el tópico cuasi dogmático que se ha impuesto a la hora de hablar del Juicio Final. Así las cosas, lo tenemos que concebir tal y como desde el inicio se creyó y pensó en la Iglesia Primitiva, durante sus primeros cuatro o cinco siglos.
Tenemos así que al hacer referencia al Juicio Final, hay que precisar qué es lo que este abarca y comprende, pues tanto el Credo como las Escrituras son los que nos obligan a no identificar Juicio de Vivos con Juicio de Muertos como si fuera exactamente lo mismo.
Al hablar del Juicio Final, sabemos que éste se inicia con el Juicio de Vivos, la Primera Resurrección y el Reino Mesiánico sobre la tierra; y en la etapa final, después de la Segunda Resurrección Universal o General, resucitan para ser juzgados todos los que habían quedado muertos (después de esa Primera Resurrección).
Al no distinguir estas dos etapas y tomar una de ellas por el todo, es que viene la confusión, de pensar, como se viene comúnmente pensando y creyendo, que el Juicio Final se produce todo a un mismo tiempo y de una vez, es decir, simul et semel (simul=al mismo tiempo; semel=de una vez). Así advertía el P. Manuel Lacunza sobre esto que era una de las grandes dificultades que impedía ver la distinción entre Juicio de Vivos y Juicio de Muertos: “Porque si es cierto, y averiguado, que la resurrección de la carne que creemos, y esperamos todos los Cristianos como un artículo esencial, fundamental de nuestra santa religión, ha de suceder en todos los individuos del linaje humano simul et semel: es decir una sola vez y en un mismo instante, y momento, con esto sólo quedan convencidos de error formal todos los antiguos Milenarios sin distinción alguna” (La Venida del Mesías en Gloria y Majestad, T.I, ed. Carlos Wood, Londres, 1816, p. 139).
Para después afirmar: “De donde se concluye, que la resurrección simul et semel, la resurrección in momento, in ictu oculi, de todos los individuos del linaje humano, no tiene otro verdadero fundamento, que el que tuvo antiguamente el sistema celeste de Ptolomeo” (Ibídem, p. 185).
Se impone la distinción real y literal entre Juicio de Vivos y Juicio de Muertos, ¿qué son entonces el uno y el otro? Los Padres de la Iglesia Primitiva, como san Ireneo que se atienen al sentido de las palabras y significación literal, distinguen ambos juicios; resumiendo su pensamiento tenemos:
1.- Juicio de Vivos es el efectuado en la Primera Resurrección (resurrectio vitae) y ejercido sobre los viadores, durante el Milenio, reinando Cristo Rey sobre ellos.
2.- Juicio de Muertos, es el efectuado sobre los malos que han resucitado en la segunda (resurrectio iudicii) para ser juzgados y condenados al infierno.
A continuación vamos a citar los textos que nos proporciona el P. Antonio Orbe, como uno de los mayores especialistas universalmente reconocidos, sobre la patrística y los tres primeros siglos de la Iglesia Primitiva y de San Ireneo (cuasi nieto de San Juan, como lo manifiesta el P. Orbe en el prólogo, al ser discípulo en segunda instancia de San Juan evangelista a través de San Policarpo, condiscípulo de San Papías), en su libro Teología de San Ireneo, comentario al quinto libro Adversus Haereses (Contra las Herejías), (Editorial BAC, Madrid, 1988, T.III):
“La ‘primera resurrección’, exclusiva de los justos distinguíase de la universal (de los impíos) previa condena”. (Ibídem, p.464)
“La resurrección primera, característica del Milenio, deja para el Juicio al resurrección de los impíos”. (Ibídem, p. 528).
“La primera resurrección afecta sólo a los justos. Tiene lugar en orden al Reino sobre la tierra. No afecta directamente a los justos que halla el Señor en vida”. (Ibídem, p.464-465).
“Una vez decidido el grupo más calificado el grupo de los habitantes del Milenio –los «redivivos», vueltos a la existencia en virtud de la «prima resurrectio»–, caracteriza Ireneo a los otros: los justos no resucitados, que sin pasar por la muerte (resp. por la resurrección), serán admitidos al Reino Milenario. A diferencia de los resucitados que «cum sanctis angelis conversationem et communionem et unitatem spiritalium in regno capient», en régimen angélico y fuera de todo matrimonio, estos otros se multiplicarán. Son justos que han padecido, y viven en esperanza del Señor. Entre ellos se cuentan las ‘reliquias de Israel’ y también los que Dios ha preparado para Sí, de entre los gentiles”. (Ibídem, p.504).
“Se ratificaría así la dignidad de orden entre los habitantes del Milenio: a) Cristo glorioso, b) redivivos, c) «derelicti» (israelitas) y d) justos «ex gentibus»”. (Ibídem, p.509).
“Distíngue Ireneo el grupo de ‘remanentes’, israelitas, de entre los que las gentes preparados por Dios para multiplicación de los primeros. Ambos grupos pertenecen a los no-resucitados. El primero (‘los remanentes’) y principal está integrado por hebreos, el más perseguido al parecer y castigado por el Anticristo”. (Ibídem, p.507).
“Por su medio distingue los dos grupos de santos que habitarán la tierra nueva: los resucitados en la prima resurrectio, y los ‘remanentes’ –aún vivos, a pesar de la persecución del Anticristo–. El pasaje de Is (6,12) caracteriza a los ‘remanentes’ o derelicti. Sólo ellos ‘se multiplicarán’ y tendrán hijos durante el reino quiliasta[1]”. (Ibídem, p.506).
“Los pecadores sobrevivientes a la muerte del Anticristo seguirán a lo que parece, en algún punto de la tierra sin conocer la muerte prematuramente. A diferencia, empero, de los justos sobrevivientes, no se multiplicarán y acabarán por morir (antes del Juicio) llevando consigo la maldición. La existencia de los pecadores durante el Milenio, aquí atestiguada, dejaría a salvo el régimen ideal de los justos, con capital en Jerusalén restablecida. ¿Dónde vivirán y cómo los pecadores? Isaías indica que tampoco ellos conocerán enfermedades ni muerte prematura. No habrá, por tanto, guerras, pestes o desgracias similares. La tierra les sostendrá también en vida. Mas a la postre conocerán la muerte, fruto de la maldición, y seguirán siempre malditos. El Milenio no conoce conversiones. Los justos seguirán justos, y los pecadores; aunque en un régimen diverso del actual, con la redención, para la tierra toda, del pecado”. (Ibídem, p.485).
“El preliminar histórico del Milenio es la desolación de la tierra por el Anticristo. Unos pocos justos escaparán a sus manos. Y serán los que se multiplicarán en hijos santos, y llenarán la tierra durante el Milenio. Ayudados –adviértase bien– por los gentiles que Dios ha preparado al mismo fin”. (Ibídem, p.466).
“Dios alarga los días de los hombres (justos) que han quedado en el mundo. La longevidad de Mil años, exclusiva de los justos remanentes del mundo, tiene en sí varios fines: v.gr., su felicidad en premio a los trabajos sufridos, su preparación a la Inmortalidad en el reino del Padre. Isaías denuncia aquí otra finalidad: Dios alargará –durante el Milenio– la vida de los justos remanentes, a fin de que se multipliquen en hijos, también justos sobre la tierra”. (Ibídem, p.466).
“He ahí la razón por qué Dios no barre de la tierra, con los pecadores, también a los justos, para enseguida resucitarlos en orden al Milenio. La dispensación divina no consciente que los justos «redivivos» se multipliquen. ‘Hijos de la anástasis’, entran en un régimen sobrenupcial, superior a toda comunión carnal. Por otra parte –en compensación quizá del gran número de pecadores excluidos de la beatitud–, conviene se multipliquen los justos en la tierra desolada por el Anticristo. A tal fin, reserva Dios en el mundo un reducido número de santos, para que prolonguen –paralelamente a los ‘hijos de la resurrección’– una existencia apta para el matrimonio y multiplicación de hijos (santos). (Ibídem, p.466).
“1) en el mundo quedarán tras la infausta intervención del Anticristo, «gentiles preparados por Dios», diversos de los cristianos huidos a la persecución del Anticristo; 2) gentiles preparados por Dios para que, unidos en matrimonio con los «derelicti» (cristianos), los multipliquen sobre la tierra”. (Ibídem, p.466).
 “Los remanentes, no los resucitados, «crecerán y se multiplicarán» en matrimonio santo”. (Ibídem, p.506).
“Dios alargará –durante el Milenio– la vida de los justos remanentes, a fin de que se multipliquen en hijos, también justos, sobre la tierra”. (Ibídem, p.466)
“En el mundo quedarían tras la infausta intervención del Anticristo, «gentiles preparados por Dios», diversos de los cristianos huidos a la persecución del Anticristo; gentiles preparados por Dios para que, unidos en matrimonio con los «derelicti» (cristianos), los multipliquen sobre la tierra”. (Ibídem, p.466).
“La generalis resurrectionis, en antítesis con la «prima resurrectio» (Ap. 20, 5 y 6) (…) La primera se limita a los justos, y pertenece a los tiempos del Reino. La general se extiende a los impíos: posterior al Milenio se ordena al Juicio final (resp. condenación)”. (Ibídem, p.526, 527).
“Entiéndese «generalis judicii». Universal, como la resurrección, por extenderse a todos, buenos y malos, o a vivos (los supervivientes al Anticristo y los redivivos de la «prima resurrectio») y muertos (los malos, sujetos a la segunda resurrección)”. (Ibídem, p.527).
“El Juicio se extenderá aún a los ángeles”. (Ibídem, p.527).
“Exponente de una tradición común a todos los eclesiásticos, independiente de la doctrina del Milenio, Ireneo se hace eco de la Regla de fe. Aunque, en un segundo tiempo la acomoda a su cronología quiliasta, situando el Juicio universal a manera de complemento de la resurrección universal, divisorio entre el Milenio y el Día entero”. (Ibídem, p.527).
“Secundam mortem –A diferencia de la «secundam ressurrectio», es término escriturario característico del Apocalipsis. Se opone a la muerte común (=primera) o disolución de los componentes físicos del hombre”. (Ibídem, p.528).
“La expresión «secunda resurrectio», ignorada de Ireneo, no figura en el Apocalipsis, ni en la apocalíptica hebrea (…) En su lugar el Obispo de Lion habla de la «resurrectio in judicium (=condenationem)», por contraste con la «resurrectio vitae»”. (Ibídem, p.528).
“El Apocalipsis no habla de la «secunda resurrectio». Algunos milenaristas la mencionan para la resurrección de los pecadores; en armonía con la «secunda mors» privativa de los condenados”. (Ibídem, p.613).
“… los tiempos del reino entre ambas resurrecciones: primera, de los justos; y la segunda de los impíos” (Ibídem, p.613).
“En la ideología de Ireneo, se dice «muerte (segunda)» como corrupción o perdición física en cuerpo y alma; especie de muerte continuada. «y (muerte) segunda», por oposición a muerte común (= primera)”. (Ibídem, p.528-529).
“La «secunda resurrectio» vendría a traducir la «resurrectio iudicii»  Joh 5,29; o la « resurrectio iniquorum»  de Act 24,15. Así como la «primera resurrectio» traduce la «resurrectio vitae» de Joh 5,29; la «resurrectio iustorum» de Lc 14,14 y expresiones análogas”. (Ibídem, p.613).
“Además de la primera resurrección de los justos, Juan contempló en el Apocalipsis la herencia, prometida a los justos desde los tiempos de Abraham y hecha por fin realidad en los tiempos del Reino”. (Ibídem, p.613).
“Los quiliastas no tardarían en relacionar mediante Joh 5, 28s las dos resurrecciones: la de los justos previa al Milenio, in resurrectionem vitae; y la universal, después del Milenio, in resurrectionem judicii”. (Ibídem, p.618).
“Juan daba pie a los quiliastas para distinguir por su finalidad («in requiem», «in judicium») las resurrecciones de los justos y de los mimpíos; y además en el tiempo. Primos surgere encubre la prioridad en el tiempo, para el intervalo de descanso (sabático). Deinde sic apunta la anastasis de los malos, previa al Juicio final. El fundamento era claro: los unos resucitaban para anastasis de vida; los otros para anastasis de condena”. (Ibídem, p.619).
Concluido el Reino Milenario Mesiánico de Cristo Rey, cumpliéndose todas las profecías bíblicas, tanto del Antiguo como del Nuevo Testamento, y realizada la petición del Padre Nuestro “Adveniat regnum tuum” (Venga tu Reino) que cada día se pide sin meditarla (sin él nos que relativiza y no está como advierte el P. Castellani); y una vez instaurado o recapitulado todo en Cristo, que tomó como divisa San Pío X (Omnia instaurare in Christo) cumpliéndose así la Gran Promesa que trasunta todas las Sagradas Escrituras: “Y tengo otras ovejas que no son de este aprisco. A ésas también tengo que traer; ellas oirán mi voz, y habrá un solo rebaño y un solo pastor (Jn 10,16)”. Después de lo cual, el Reino de Cristo será entregado al Padre para toda la eternidad bienaventurada.
“Al ceder por fin el Hijo su obra al Padre, pasa a ser la hora del Padre. Primeramente Opus Spiritus, luego opus Filii, y por último opus Dei”. (Ibídem, p.602).
“Un mismo reino –y unos mismos tiempos del reino– puede atribuirse al Padre y al Hijo y a los justos. Rigurosamente, el Rey del Milenio es Cristo. Los justos reinan con Él sobre el mundo renovado, El Padre inicia su reino eterno, al término del de su Hijo”. (Ibídem, p.550).
“El cielo y la tierra nuevos preludian el Milenio. Como tales, suponen la universal renovación, por redención y liberación de las formas antiguas”. (Ibídem, p.550).
“Ni el régimen del Milenio ni la resurrección (primera) incluye la absoluta y definitiva renovación del hombre; la dispone”. (Ibídem, p.550).
“Ireneo atribuye prácticamente a la Tierra dos renovaciones: a) la primera, en orden a los tiempos del reino, por liberación de las secuelas del humano pecado, y retorno a la condición de un mundo inocente; b) la segunda, en orden a la etapa final, por comunión de la Tierra (resp. Jerusalén terrena) en la incorruptela de Dios (resp. Jerusalén celeste)”. (Ibídem, p.550).
“El Reino del Padre sucederá así al Reino del Hijo”. (Ibídem, p.602).
“El reino del Hijo acaba, según Ireneo, con el sometimiento (y destrucción) de todos sus enemigos: principados, potestades y dynameis adversos; y singularmente el Anticristo, el «Serpens vetustus». Sometimiento hecho visible con la destrucción o la desaparición de la muerte (entre los justos del milenio)”. (Ibídem, p.605).
“La victoria de Cristo sobre la muerte, con destrucción (y absorción) de la muerte, tuvo lugar ya, a raíz de la Cruz, al resucitar Él de entre los muertos. El triunfo de Cristo total se revela con la victoria de los suyos, sobre la muerte, durante el milenio”. (Ibídem, p.605).
“Una vez instaurado el reino del Hijo con su Justicia, ningún sentido tiene la muerte física”. (Ibídem, p.605).
“Merced al absoluto y cabal reino del Hijo sobre la muerte, en tan prolongada vida sobre la tierra, nadie moriría, ni podía morir”. (Ibídem, p.605).
“El hombre justo, en su existencia (milenaria) sobre la tierra, se olvida de morir. No porque viva en justicia; sino porque, a raíz de la «prima resurrectio» o de la venida de Cristo a la tierra, no tiene sentido la muerte entre los justos”. (Ibídem, p.606).
“El Milenio ratifica prolongadamente en forma sensible la victoria del Hijo sobre la muerte; y aún el reino suyo sobre todos los enemigos. Lo testimonia el cuerpo del hombre, libre de pecado, pasiones, tentaciones de los enemigos, y de su efecto más visible, la muerte”. (Ibídem, p.606).
“Mas ni la tierra está corrompida como depositaria de la maldición (Gen 3, 17), ni el cuerpo humano en los tiempos del reino arrastra la corruptela de la primera transgresión. Es más, terminado el Milenio, será revestido de la athanasía propia de Dios”. (Ibídem, p.606).
 “En el Milenio los justos trabajarán sin la interna servidumbre al pecado sin la externa a la maldición de la tierra”. (Ibídem, p.408).
“Más aún, durante los mil años podrán los hombres trabajar la tierra; pero sin fatiga, sin la pena enunciada en Gen 3,17 ss. La tierra libre de maldición darán con facilidad sus frutos”. (Ibídem, p.408).
“Reserva el «verdadero Sábado» al Día del milenio, preliminar al eterno. Y distingue lo característico de él –como Reino y Día de los justos (con Cristo) sobre la tierra–, de lo propio de la eternidad –Reino y Día del Padre sobre todas las cosas” (Ibídem, p.408).
“Además de la primera resurrección de los justos, Juan contempló en el Apocalipsis la herencia, prometida a los justos desde los tiempos de Abraham y hecha por fin realidad en los tiempos del reino”. (Ibídem, p.613).
“La relación entre la «prima justorum resurrectio» y el reino se funda en Apoc 20,6: «Bienaventurado y santo el que tenga parte en esta resurrección primera: sobre estos no tiene poder la segunda muerte, sino que serán sacerdotes de Dios y de Cristo, y reinarán con Él durante mil años»”. (Ibídem, p.613).
Así tenemos que con la Parusía se inicia el Juicio Final en su primera fase, es decir el Juicio de Vivos, o de las Naciones, con la Primera Resurrección (redivivos), los hallados vivos transformados, y arrebatados (raptados) junto con los ya resucitados de la (Primera Resurrección), iniciándose el Reino Mesiánico de Cristo Rey sobre la tierra y los viadores (los derelicti, resto, residuo, remanentes) que vienen de los judíos, de los gentiles y de los cristianos, los cuales procrearán hijos santos y que no morirán reinando sobre ellos Cristo Rey como único Pastor sobre un único rebaño, cumpliéndose así la petición del Padre Nuestro adveniat regnum tuum y la gran promesa apocalíptica esjatológica que trasunta todas las Escrituras, con lo cual se instaura todo en Cristo, lema que hizo suyo el Papa San Pío X: Omnia instaurare en Cristo, o como Mons. Lefebvre comentaba: recapitular todo en Cristo, (lo cual incluye la famosa apocatástasis = restitución de todas las cosas en su estado primitivo, prístino,  la palingenesia= regeneración, renovación), realizándose de hecho y no solamente de derecho su Reino en esta y sobre esta tierra; por eso dijo Nuestro Señor Jesucristo: nunc autem, “más ahora mi reino no es de aquí” (Jn. 18,36), pero esto ha sido volatilizado como tantos detalles que no se han tenido en cuenta, y se olvidan.
El Juicio Final en su segunda etapa o fase final tendrá lugar con la Segunda Resurrección de todos los malos o impíos, incluidos los que quedaron vivos durante el Milenio, aunque marginados en algún lugar de la tierra y sin descendencia aunque con larga vida, con los cuales se propiciará la rebelión de Gog y Magog que será fulminantemente sofocada pero que morirán para resucitar después junto con los otros muertos malos y ser juzgados; y por eso esa resurrección se llama resurrectio iudicii (resurrección de juicio o condena), y además todos los hombres y los ángeles buenos y malos recibirán la sentencia última y definitiva, unos de salvación, y otros de condenación. Por eso dicen las Escrituras al referirse a este tema: “Y saldrán los que hayan hecho el bien, para resurrección de vida; y los que hayan hecho el mal, para resurrección de juicio”. (Jn. 5,28)
A esta Segunda Resurrección, se la llama también Resurrección Universal o General, que es de muertos, impíos o malos; previa a su juicio que se llama Juicio Final o Universal.
San Pablo dice clara y manifiestamente: “Te conjuro delante de Dios y Jesucristo, el cual juzgará a vivos y a muertos, tanto por su aparición, como por su reino” (II Tim. 4,1).
Téngase presente que juzgar en sentido escriturístico, es tanto un juicio, como además es reinar; por eso el Juicio Final se inicia con la Parusía, juzgando a vivos y reinando sobre ellos durante todo el Milenio y al final con la Segunda Resurrección juzgará a los muertos=impíos, malos y se llama resurrectio iudicii, o simplemente Juicio Final, pero que hay que entender como su etapa última y conclusiva, finiquitoria
“Acabados los ‘tiempos del Reino’, sobreviene la fase definitiva y última. El Apóstol hace caso omiso del Juicio que cierra el Milenio e inaugura el día Octavo (eterno)”. (Op.cit. Teol. S. Ireneo, T.III, p.607).
Por todo esto, como lo hace San Juan evangelista, hay que orar pidiendo: Ven Señor Jesús (Ap. 22,20), Marana tha: Ven, Señor nuestro. (I Cor. 16,22), con toda su acepción o significación real y triunfal = Kyrios = Marana.

P. Basilio Méramo
Bogotá, Junio 27 de 2019


[1] Observación: El término quiliasta es utilizado por el autor en su acepción gramatical que viene de kilo-mil y no como algunos lo emplean con signo peyorativo para significar exclusivamente el milenarismo craso o carnal, tal como hace el P. Castellani y que he citado.



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